El Concejo Deliberante aprobó una ordenanza para regular la circulación de vehículos de movilidad personal en la ciudad. Los requisitos principales incluyen contar con seguro de responsabilidad civil, usar casco protector y disponer de sistemas de seguridad básicos. Adicionalmente, se exigen frenos seguros, bocina, luz delantera blanca, luz trasera roja y elementos reflectantes. La ordenanza también establece límites técnicos: los monopatines eléctricos no pueden superar los 500 watts de potencia y deben contar con homologación según normas nacionales e internacionales, además de respetar las normas generales de tránsito vigentes en la ciudad. Se informaron que se impulsarán campañas de educación vial y concientización, y el incumplimiento de las disposiciones puede acarrear multas o retención del vehículo.
A nivel provincial, la regulación de monopatines eléctricos fue aprobada a mediados de abril en Capital, estableciendo restricciones: no pueden circular por veredas, rutas, autopistas ni avenidas de alta densidad, con límites de velocidad de hasta 25 km/h en ciclovías y 30 km/h fuera de ellas. En la ciudad capitalina, no es obligatorio tener licencia de conducir ni patente, pero se exigen condiciones básicas de seguridad e identificación ante controles.
Resumen: El Concejo Deliberante aprobó una ordenanza local que establece requisitos obligatorios para el uso de vehículos de movilidad personal, como seguro y casco. Esta normativa se suma a regulaciones previas en Capital y Santo Tomé, mientras que a nivel provincial se definen límites específicos de circulación y velocidad.

