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El Gobierno oficializó el régimen para regularizar trabajadores que incluye la condonación de deudas

Se reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), destinado a la regularización de trabajadores del sector privado no registrados o con registros deficientes, con antigüedad previa al 6 de marzo. Mediante el decreto 409/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, se establecieron beneficios para los empleadores que accedan al plan.

El esquema contempla la condonación de deudas por falta de pago de aportes al Sistema Nacional del Seguro de Salud, Riesgos del Trabajo y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO). Los porcentajes de condonación son: 100% para casos generales, 90% para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, 80% para medianas empresas y 70% para el resto de los empleadores. La extinción de la acción penal aplicará si no existe sentencia firme a la fecha de adhesión sobre las obligaciones incluidas en el régimen.

La deuda restante podrá cancelarse mediante pago al contado con una reducción del 50% sobre capital e intereses, o a través de planes de facilidades dispuestos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El período regularizado se computará como tiempo de servicio para la Prestación Básica Universal, la Retiro Transitorio por Invalidez y la Pensión por Fallecimiento. Asimismo, será válido para acceder a las prestaciones por desempleo, calculadas sobre el Salario Mínimo Vital y Móvil o el sueldo declarado si este fuera superior. El plan también permite la baja del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales respecto a infracciones cometidas hasta el 6 de marzo.

resumen: El Gobierno reglamentó mediante el decreto 409/2026 el Régimen de Promoción del Empleo Registrado para regularizar trabajadores del sector privado. La medida ofrece condonaciones de deuda escalonadas y facilidades de pago para empleadores, además de reconocer la antigüedad laboral para prestaciones sociales.

Fuente: https://www.powernoticias.com/v5/?show=136204