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Condenaron a un hombre por abuso sexual simple contra una joven con discapacidad en Corrientes

El Tribunal de Juicio N° 1 de Corrientes condenó a Alfredo Juan Pablo Núñez a dos años de prisión condicional por abuso sexual simple en perjuicio de una joven de 18 años con discapacidad. El juez unipersonal Darío Alejandro Ortiz dictaminó que el hecho fue comprobado “más allá de toda duda razonable”, tanto en su existencia como en la autoría del imputado.

El juicio estableció que el incidente ocurrió el 27 de noviembre de 2024, en la vivienda de la víctima en el barrio Sol de Mayo de Corrientes. El imputado, quien tiene un vínculo familiar con la joven, ingresó a su habitación y realizó una conducta de contenido sexual. Según el fallo, Núñez tomó a la víctima “fuertemente del brazo”, la acorraló y le dijo “vení, vamos a jugar”, sujetándola de la cintura para acercarla hacia su cuerpo e intentar llevarla a la cama. La situación se detuvo cuando la joven logró liberarse y huir por temor.

El juez Ortiz fundamentó su decisión en el testimonio de la víctima, calificado como “convincente y coherente”, y en las pericias psicológicas que indicaron indicadores de miedo y angustia. El magistrado determinó que la conducta del imputado fue un avance de contenido sexual sin consentimiento, dada la dinámica de poder existente.

La calificación legal es abuso sexual simple, entendiendo que no requiere contacto genital directo, sino actos de contenido sexual que afecten la autodeterminación sexual de la víctima. La pena de dos años de prisión condicional se estableció considerando como agravantes la vulnerabilidad de la víctima, el vínculo familiar y el daño psicológico, y como atenuante la falta de antecedentes del imputado.

resumen: El Tribunal de Juicio N° 1 de Corrientes condenó a Alfredo Juan Pablo Núñez a dos años de prisión condicional por abuso sexual simple contra una joven de 18 años con discapacidad. La sentencia se basa en el testimonio de la víctima y las pericias psicológicas, confirmando que hubo un avance de contenido sexual sin consentimiento.

Fuente: https://www.powernoticias.com/v5/?show=135389