La Ley 11.117, promulgada por el Gobierno de la provincia de Córdoba, reforma el Código de Convivencia. La norma obliga a los municipios a actualizar sus ordenanzas, redefine las funciones policiales e incorpora programas sociales y de capacitación. Esta ley introduce penas de arresto de hasta seis días y nuevas figuras contravencionales para regular actividades como cuidacoches ilegales (“naranjitas”), limpiavidrios no autorizados y picadas vehiculares.
La Ley 11.117 fue publicada en el Boletín Oficial cordobés, con vigencia establecida para treinta (30) días después de su publicación. La ley establece un arresto de seis días para quienes exijan dinero por estacionamiento sin autorización municipal, tres días para quienes superen la tarifa oficial o trabajen en áreas no habilitadas, y aplica esta sanción a los limpiavidrios que operan en vía pública.
La normativa contempla agravantes como reincidencia, actuación en grupo, uso de menores, explotación de personas vulnerables y operación en zonas sensibles, lo cual conlleva penas más graves. Respecto a las “reuniones vehiculares no autorizadas” (picadas), se prevén castigos de hasta 10 días de trabajo comunitario, multas o arresto, con la posibilidad de duplicar la sanción en eventos masivos o vehículos modificados; además, se habilita el secuestro e incluso decomiso de los rodados.
En cuanto al régimen de investigación contravencional, la reforma asigna la responsabilidad al Ministerio Público Fiscal, limitando a la Policía a constatar hechos y aplicar medidas preventivas urgentes. Los sumarios deben finalizarse en cinco días (dos días si hay personas detenidas), e incluye la potestad de secuestrar objetos, dinero y vehículos vinculados a infracciones.
La ley sanciona el consumo de alcohol y sustancias en vía pública tanto por ingesta en lugares prohibidos como por estados de ebriedad o intoxicación que generen disturbios, facultando a la Policía para intervenir preventivamente ante riesgo de violencia.
Además, se contempla la implementación de programas de capacitación, reinserción e inclusión social dirigidos a naranjitas y limpiavidrios no registrados, según el Artículo 12. El Artículo 12 establece que el Poder Ejecutivo Provincial acompañará a los municipios en estos programas mediante cursos y capacitaciones ofrecidos por la Universidad Provincial de Córdoba u otros organismos pertinentes. Los municipios tienen un plazo de un mes para ajustar sus ordenanzas sobre estacionamiento y habilitación de cuidadores, e invitan a las comunas a crear registros de trabajadores autorizados conforme al Artículo 11.
resumen: La Ley 11.117 reforma el Código de Convivencia en Córdoba, estableciendo sanciones específicas para actividades como cuidacoches ilegales y picadas vehiculares. Además, obliga a los municipios a actualizar ordenanzas e incorpora programas sociales y de capacitación.

